Artículo 141 del Código Procesal Civil

Días y horas hábilesLas actuaciones judiciales se practican puntualmente en el día y hora hábil señalados, sin admitirse dilación. Son días hábiles los comprendidos entre el lunes y el viernes…

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Artículo 140 del Código Procesal Civil

Recomposición de expedientesEn caso de pérdida o extravío de un expediente, el Juez ordenará una investigación sumaria con conocimiento de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial.…

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Artículo 139 del Código Procesal Civil

Expedición de copiasLos Secretarios de Sala y de Juzgado entregan copias simples de las actas de las actuaciones judiciales concluidas a los intervinientes en ellas que lo soliciten. En cualquier…

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Artículo 138 del Código Procesal Civil

Examen de los autosLas partes, sus abogados y sus apoderados pueden examinar los expedientes judiciales en el local en que se conservan, pudiendo tomar nota de su contenido.| CONCORDANCIA| SUMILLA…

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Artículo 137 del Código Procesal Civil

Custodia del expedienteEl expediente se conserva regularmente en la oficina del Secretario de Juzgado, o de la Secretaría de la Sala o en la oficina del Juez. El expediente podrá…

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