Acumulación objetiva sucesiva
La acumulación objetiva sucesiva se presenta en los siguientes casos:
1. Cuando el demandante amplía su demanda agregando una o más pretensiones;
2. Cuando el demandado reconviene;
3. Cuando de oficio o a petición de parte, se reúnen dos o más procesos en uno, a fin de que una sola sentencia evite pronunciamientos jurisdiccionales opuestos; y
4. Cuando el demandado formula el aseguramiento de la pretensión futura.
| MODIFICATORIA
(*) Artículo modificado por el artículo 2 de la Ley N° 30293, publicada el 28 de diciembre de 2014.
| CONCORDANCIA
| SUMILLA JURISPRUDENCIAL


