Artículo 80 del Código Procesal Civil

Representación judicial por abogado En el primer escrito que presenten al proceso, el interesado o su representante pueden otorgar o delegar al abogado que lo autorice las facultades generales de…

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Artículo 79 del Código Procesal Civil

Efectos del cese de la representaciónEn todo caso de finalización de representación que tenga su origen en la decisión del representado capaz de actuar por sí mismo, cualquiera que fuera…

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Artículo 78 del Código Procesal Civil

Cese de la representación judicialLa representación judicial termina por las mismas razones que causan el cese de la representación o del mandato. Sin embargo, la ejecución de un acto procesal…

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Artículo 77 del Código Procesal Civil

Sustitución y delegación del poder El apoderado puede sustituir sus facultades o delegarlas, siempre que se encuentre expresamente autorizado para ello. La sustitución implica el cese de la representación sin…

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Artículo 76 del Código Procesal Civil

Apoderado comúnCuando diversas personas constituyan una sola parte, actuarán conjuntamente. Si no lo hicieran, el Juez les exigirá la actuación común o el nombramiento de apoderado común en el plazo…

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Artículo 75 del Código Procesal Civil

Facultades especialesSe requiere el otorgamiento de facultades especiales para realizar todos los actos de disposición de derechos sustantivos y para demandar, reconvenir, contestar demandas y reconvenciones, desistirse del proceso y…

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Artículo 74 del Código Procesal Civil

Facultades generalesLa representación judicial confiere al representante las atribuciones y potestades generales que corresponden al representado, salvo aquellas para las que la ley exige facultades expresas. La representación se entiende…

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Artículo 73 del Código Procesal Civil

Poder otorgado en el extranjeroEl poder otorgado en el extranjero, debidamente traducido de ser el caso, debe ser aceptado expresamente por el apoderado en el escrito en que se apersona…

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Artículo 72 del Código Procesal Civil

Clases de poder atendiendo a la formalidad empleadaEl poder para litigar se puede otorgar sólo por escritura pública o por acta ante el Juez del proceso, salvo disposición legal diferente.Para…

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Artículo 69 del Código Procesal Civil

Apoderados de las entidades de derecho públicoEl Estado y las demás entidades de derecho público, incluyendo los órganos constitucionales autónomos, pueden designar apoderados judiciales especiales para los procesos en que…

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